Tus derechos y deberes laborales

enero 12, 2018


Vale. Ya has encontrado trabajo. Por fin. Y no pinta mal. Tienes nuevos compañeros, nuevos jefes, nuevas tareas y más por aprender. Pero, ¿sabes cuáles son tus derechos y obligaciones?

La normativa laboral que los recoge es el Estatuto de los Trabajadores. Hoy vamos a revisar dos artículos el 4 y 5. Siempre es bueno conocerlos y tenerlos presentes:: en el artículo 4 tienes tus derechos y en el 5 tus deberes. Te los resumimos:

Tus derechos básicos

  1. Trabajo y libre elección de profesión u oficio.
  2. Libre sindicación.
  3. Negociación colectiva.
  4. Adopción de medidas de conflicto colectivo.
  5. Huelga.
  6. Reunión.
  7. Información, consulta y participación en la empresa.

En la relación de trabajo, los trabajadores tienen derecho:
  1. A la ocupación efectiva, es decir, desempeñar las funciones y tareas que fija el contrato.
  2. A la promoción y formación profesional en el trabajo.
  3. A no ser discriminados directa o indirectamente para el empleo por razones de sexo, estado civil, edad, origen racial o étnico, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual, discapacidad, afiliación o no a un sindicato, así como por razón de lengua, dentro del Estado español.
  4. A su integridad física y a una adecuada política de prevención de riesgos laborales.
  5. Todos los trabajadores tienen derecho a intimidad y dignidad, con la debida protección y respeto por sexo, origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad o edad.
  6. A la percepción puntual de la remuneración pactada o legalmente establecida.
  7. A la ejercicio individual de las acciones derivadas de su contrato de trabajo.
  8. Además de todos los posibles derechos incluidos tanto en los convenios colectivos como en los contratos de trabajo.

Tus obligaciones

Los principales deberes que te atañen como profesional son:
  1. Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo con buena fe y diligencia.
  2. Observar las medidas de prevención de riesgos laborales que se adopten.
  3. Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario.
  4. No concurrir con la actividad de la empresa, es decir, no competir con el negocio del empleador.
  5. Contribuir a la mejora de la productividad.
  6. Además de todos los posibles deberes incluidos tanto en los convenios colectivos como en los contratos de trabajo.

Sí, hoy nos hemos puesto un poco más “legalistas” de lo que deberíamos. Pero hemos pensado que no está demás recordar en cinco minutos estos aspectos que son tan básicos en nuestra normativa laboral.

Esperamos que te haya servido esta información, no olvides compartirla y dejarnos tus comentarios y sugerencias.


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